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El Departamento de Niños y Familias de Florida y la Coalición Contra la Violencia Doméstica Crean Equipo de Revisión de Fatalidades por Violencia Doméstica en Todo el Estado
El Departamento de Niños y Familias (DCF) ha recibido una subvención del Grants to Encourage Arrest Policies and Enforcement of Protection Orders Program, administrado por el Departamento de Justicia, para colaborar con la Coalición Contra la Violencia Doméstica de Florida (FCADV) para crear un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica en todo el estado. La subvención de dos años permitirá al equipo en todo el estado reunirse cuatro veces para:
- Identificar deficiencias en la prestación de servicios a las víctimas de violencia doméstica e identificar posibles fallos sistémicos.
- Promover capacitación y el entrenamiento cruzado a profesionales
- Coordinar las actividades de las agencias involucradas y compartir e intercambiar información.
El equipo preparará un informe completo al final del período de concesión conteniendo conclusiones y recomendaciones relacionadas con la revisión de fatalidades de violencia doméstica. A través de esta subvención, FCADV también ofrecerá dos institutos de formación sobre temas de revisión de fatalidades, realizados por expertos nacionales y locales, establecerá una página web dedicada a la revisión de fatalidades, y distribuirá un boletín electrónico. El primer instituto de formación se llevará a cabo en el otoño de 2008 en South Florida.
La reunión inicial del equipo del estado se llevó a cabo el 29 de mayo de 2008 en Tallahassee, Florida. Representantes de DCF, FCADV, el Departamento de Correcciones, la Oficina del Fiscal General, Asociaciones de Sheriff y Jefes de Policía, el fiscal del estado, centros de violencia doméstica, programas de intervención para agresores, la Oficina de Administración del Tribunal del Estado, el Departamento de Policía de Florida, y equipos locales de revisión de fatalidades discutieron durante tres horas a los desafíos relacionados con la revisión de fatalidades de violencia doméstica a niveles tanto estatal como local. Los miembros identificaron cuatro objetivos adicionales a largo plazo para el equipo del estado durante el período de concesión:
- Desarrollar una herramienta para recoger datos significativos en todo el estado desde los equipos locales de revisión de fatalidades en relación con las fatalidades y casi fatalidades por violencia doméstica
- Establecer un equipo de revisión de fatalidades en todo el estado que proporcione asistencia técnica, normas y orientación a los equipos locales de revisión de fatalidades, y ayude a los equipos locales en la obtención de fondos para continuar con su trabajo
- Preparar un informe final que identifique tendencias y proporcione orientación individual a cada interesados en el esfuerzo para evitar fatalidades por violencia doméstica
- Desarrollar una campaña de sensibilización pública a nivel estatal sobre la violencia doméstica que esté dirigida a todas las edades y antecedentes culturales
Reporte Rostros de Fatalidad del Equipo de Revisión de Fatalidades de Violencia Doméstica en el Estado
FacesofFatality pdf
Equipos de Revisión de Fatalidades Locales de Florida
Actualmente hay 15 equipos de revisión de fatalidades de violencia doméstica activos o por activarse en Florida. Representantes de los equipos de Miami-Dade, Palm Beach, Polk and Highlands, Duval, y el Tercer Circuito Judicial (condados de Columbia, Madison, Taylor, Dixie, Lafayette, Hamilton y Suwannee) asistieron a la reunión estatal inicial, e informaron sobre su estructura y los tipos de casos que revisan. Los informes de los equipos locales enfatizaron las diferencias en la operación de los distintos equipos, así como las diferencias en su financiación. Por ejemplo, el equipo de Miami-Dade es financiado por el condado, y cuenta con personal de tiempo completo dedicado a la revisión de fatalidades de violencia doméstica. Otros equipos recurren a voluntarios de las diversas agencias para llevar a cabo la revisión.
Actualmente hay equipos activos en los siguientes condados: Brevard, Broward, Columbia (incluyendo Madison, Taylor, Dixie, Lafayette, Hamilton y Suwannee), Duval, Escambia, Lee, Miami-Dade, Orange, Palm Beach, Pasco, Pinellas, Polk (incluyendo Highlands), Sarasota (incluyendo Manatee y DeSoto). Los nuevos equipos están programados para iniciar la reunión de este año en los condados de Hillsborough y Seminole.
Los equipos de revisión de fatalidades locales se rigen por el Capítulo 741, Estatutos de Florida. Los estatutos definen un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica, y proporcionar orientación sobre membresía y tipos de casos revisados por el equipo.
741.316 Equipos de revisión de fatalidades de violencia doméstica; definición; membresía; funciones; informes por el Department of Law Enforcement.
- Como se utiliza en esta sección, el término "equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica" significa una organización que incluye, pero no está limitada a, representantes de las siguientes agencias u organizaciones:
- Agencias del orden.
- El fiscal estatal.
- El médico forense.
- Centros de violencia doméstica certificados.
- Proveedores de servicios de protección infantil.
- La oficina de administración de justicia.
- El secretario del tribunal.
- Programas de servicios para víctimas.
- Equipos de revisión de muerte infantil.
- Miembros de la comunidad empresarial.
- Agencias de correcciones o libertad vigilada del condado.
- Cualesquiera otras personas que tengan conocimientos sobre las fatalidades por violencia doméstica, incidentes no letales de violencia doméstica, o suicidio, incluyendo investigación, política, ley y otros asuntos relacionados con incidentes fatales.
- Otros representantes según lo determine el equipo de revisión.
- Un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica puede estar establecido a nivel local, regional o estatal a fin de examinar incidentes fatales y casi fatales de violencia doméstica, asuntos relacionados con la violencia doméstica, y suicidios. La revisión puede incluir una revisión de los acontecimientos que condujeron al incidente de violencia doméstica, recursos disponibles en la comunidad, leyes y políticas actuales, medidas adoptadas por sistemas e individuos relacionados con el incidente y las partes, y cualquier información o acción considerada pertinente por el equipo, incluyendo una revisión de los expedientes y registros públicos para los cuales hay exenciones de registros públicos. El propósito de los equipos es aprender cómo prevenir la violencia doméstica mediante la intervención temprana y mejorar la respuesta de un individuo y del sistema a la violencia doméstica. La estructura y actividades de un equipo será determinada a nivel local. El equipo puede determinar el número y tipo de incidentes que desea revisar y formulará recomendaciones de política y de otro tipo con respecto a cómo se pueden prevenir los incidentes de violencia doméstica.
- Cada equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica local recopilará datos sobre los incidentes de violencia doméstica. Los datos deben recogerse de una manera que sea consistente en todo el estado y en la forma que determine el Department of Law Enforcement. Cada equipo puede recopilar datos adicionales más allá de lo prescrito en el formulario de recogida de datos a nivel estatal, según ayude en la revisión del equipo. El Department of Law Enforcement utilizará los datos para elaborar un informe anual sobre las fatalidades por violencia doméstica. El informe debe ser presentado el primero de julio de cada año al Gobernador, al Presidente del Senado, al Presidente de la Cámara de Representantes, y al Juez Presidente del Tribunal Supremo.
- La Fuerza de Tarea del Gobernador sobre Violencia Doméstica proporcionará información y asistencia técnica a los equipos de revisión de fatalidades de violencia doméstica locales.
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- No puede haber ninguna responsabilidad monetaria por parte de, ni puede surgir una causa de acción por daños y perjuicios en contra de cualquier miembro de un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica o contra cualquier persona que actúe como testigo, informador del incidente, o investigador para un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica para cualquier acto o procedimiento iniciado o realizado en el ámbito de las funciones del equipo, a menos que dicha persona actúe de mala fe, con propósito malicioso, o de forma que muestre deliberado desprecio a los derechos humanos, seguridad o propiedad.
- Este apartado no afecta a las disposiciones de la sección 768.28.
- Toda la información y registros adquiridos por un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica no son objeto de descubrimiento o introducción en evidencia en cualquier acción civil o procedimiento disciplinario por parte de cualquier departamento o agencia empleadora si la información o registros provienen de cuestiones que son objeto de evaluación y revisión por el equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica. Sin embargo, la información, documentos y registros de otro modo disponibles desde otras fuentes no son inmunes a su descubrimiento o introducción en evidencia únicamente ñpor el mero hecho de que la información, documentos o registros fueron presentados o revisados por un equipo. Una persona que ha asistido a una reunión de un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica no puede testificar en ningún proceso civil o disciplinario con respecto a cualquier registro o información producidos o presentados al equipo durante las reuniones u otras actividades autorizadas por esta sección. Este apartado no prohíbe que cualquier persona que preste testimonio ante un equipo o que sea miembro de un equipo testifique en cuanto a temas de otro modo dentro de su conocimiento.
- Para fines administrativos, los equipos de revisión de fatalidades de violencia doméstica están asignados al Department of Children and Family Services.
741.3165 Cierta información exenta de divulgación.
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- Cualquier información que sea confidencial, o esté exenta de la s.119.07(1) y s. 24(a), Art. I de la Constitución del Estado y que sea obtenida por un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica que realice actividades según se describe en el s.741.316 conservará su carácter de confidencial o exenta cuando sea conservada por un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica.
- Cualquier información contenida en un registro creado por un equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica de conformidad con s. 741.316 que revele la identidad de una víctima de violencia doméstica o la identidad de los hijos de la víctima es confidencial y exenta del s. 119.07(1) y s. 24(a), Art. I de la Constitución del Estado.
- Partes de las reuniones de cualquier equipo de revisión de fatalidades de violencia doméstica relacionadas con fatalidades de violencia doméstica y su prevención, durante las cuales se discuten información confidencial o exenta, la identidad de la víctima, o la identidad de los hijos de la víctima, están exentos de s. 286.011 y s. 24(b), Art. I de la Constitución del Estado.
- Esta sección está sujeta a la Open Government Sunset Review Act de 1995, de conformidad con s. 119.15, y será derogada el 2 de octubre de 2010, a menos que sea revisada y salvada de la derogación por reforma por la Legislatura.

